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La adopción en España: del derecho civil al instrumento de control ideológico

 La adopción en España: del derecho civil al instrumento de control ideológico

1. Contexto político y legislativo: hitos fundamentales

A.  Código Civil de 1889:

La adopción se introduce de manera limitada. No sustituye totalmente la filiación biológica; los adoptados mantienen vínculos con su familia de origen.

La narrativa oficial es coherente: se presentan estas adopciones como actos de integración y protección del menor.

B. Segunda República y Guerra Civil (1931–1939):

La legislación republicana planteaba principios de bienestar infantil, pero el caos social y bélico limitó su aplicación.

C. Fin de la Segunda República y llegada del franquismo (1939):

Tras la Guerra Civil, el régimen franquista impone un control absoluto sobre la familia y la infancia.

Se legitima la intervención del Estado y la Iglesia en la vida de los menores, especialmente de hijos de madres “indeseables” o afines al bando republicano (“rojas”).

La adopción se convierte en instrumento de reprogramación ideológica y social: los niños retirados de sus madres son dados a familias afines al régimen.

D. Reformas legislativas durante el franquismo:

1958 – Reforma del Código Civil: Introduce la distinción entre adopción plena y menos plena. La adopción plena implica cambio de apellidos y derechos equivalentes a los de un hijo biológico.

1970 – Ley 7/1970: Consolida criterios de adopción plena, estableciendo edades y condiciones. La narrativa oficial insiste en “protección y bienestar”, mientras la práctica permite el robo de niños a mujeres vulnerables y su entrega a familias afines al régimen.

E. Teoría del “gen rojo” y eugenesia franquista:

Ideólogos como Vallejo-Nágera y Marañón sostuvieron que los hijos de los “rojos” debían ser “reprogramados” en familias leales al régimen.

El objetivo era eliminar la transmisión de valores políticos y morales de los derrotados, borrando su identidad y reemplazándola por la de familias “correctas”.

Este proceso implicó falsificación de registros civiles, ocultamiento de identidad y alienación completa de los niños.

F. Transición y democracia (1975–1987):

Con la muerte de Franco (1975) y la vuelta de la democracia, se inicia una reforma del sistema de adopción, culminando en la Ley 21/1987, que prioriza el interés del menor y la protección jurídica de la infancia.

La narrativa oficial se centra en el bienestar, pero el impacto histórico en los adoptados anteriores al 1987 sigue siendo profundo, pues su filiación y apellidos fueron borrados durante el franquismo.


2. Impacto en los adoptados

Significante uniforme, significados variables: La palabra “adopción” mantiene un relato oficial de integración y protección, pero el significado real cambia según la época.

Borrado de identidad y apellidos: Bajo el franquismo, especialmente para hijos de presas políticas o familias “rojas”, la adopción implicaba pérdida total de filiación y de historia familiar.

Alienación e ideología: Los niños eran reprogramados en familias afines al régimen, con un efecto eugenésico y, en términos de genocidio cultural o ideológico, de supresión parcial de la identidad de un grupo político.

3. Conclusión histórica

La adopción en España no es un fenómeno monolítico: cambia según el momento político, la legislación vigente y los intereses del poder.

Bajo el franquismo, la adopción plena se utilizó como herramienta de control social y eugenesia ideológica, especialmente contra hijos de mujeres del bando perdedor.

La transición democrática y la Ley 21/1987 marcan un cambio hacia la protección del menor, pero no pueden borrar el impacto de las décadas anteriores en la identidad de los adoptados.

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