La adopción en España: del derecho civil al instrumento de control ideológico
1. Contexto político y legislativo: hitos fundamentales
A. Código Civil de 1889:
La adopción se introduce de manera limitada. No sustituye totalmente la filiación biológica; los adoptados mantienen vínculos con su familia de origen.
La narrativa oficial es coherente: se presentan estas adopciones como actos de integración y protección del menor.
B. Segunda República y Guerra Civil (1931–1939):
La legislación republicana planteaba principios de bienestar infantil, pero el caos social y bélico limitó su aplicación.
C. Fin de la Segunda República y llegada del franquismo (1939):
Tras la Guerra Civil, el régimen franquista impone un control absoluto sobre la familia y la infancia.
Se legitima la intervención del Estado y la Iglesia en la vida de los menores, especialmente de hijos de madres “indeseables” o afines al bando republicano (“rojas”).
La adopción se convierte en instrumento de reprogramación ideológica y social: los niños retirados de sus madres son dados a familias afines al régimen.
D. Reformas legislativas durante el franquismo:
1958 – Reforma del Código Civil: Introduce la distinción entre adopción plena y menos plena. La adopción plena implica cambio de apellidos y derechos equivalentes a los de un hijo biológico.
1970 – Ley 7/1970: Consolida criterios de adopción plena, estableciendo edades y condiciones. La narrativa oficial insiste en “protección y bienestar”, mientras la práctica permite el robo de niños a mujeres vulnerables y su entrega a familias afines al régimen.
E. Teoría del “gen rojo” y eugenesia franquista:
Ideólogos como Vallejo-Nágera y Marañón sostuvieron que los hijos de los “rojos” debían ser “reprogramados” en familias leales al régimen.
El objetivo era eliminar la transmisión de valores políticos y morales de los derrotados, borrando su identidad y reemplazándola por la de familias “correctas”.
Este proceso implicó falsificación de registros civiles, ocultamiento de identidad y alienación completa de los niños.
F. Transición y democracia (1975–1987):
Con la muerte de Franco (1975) y la vuelta de la democracia, se inicia una reforma del sistema de adopción, culminando en la Ley 21/1987, que prioriza el interés del menor y la protección jurídica de la infancia.
La narrativa oficial se centra en el bienestar, pero el impacto histórico en los adoptados anteriores al 1987 sigue siendo profundo, pues su filiación y apellidos fueron borrados durante el franquismo.
2. Impacto en los adoptados
Significante uniforme, significados variables: La palabra “adopción” mantiene un relato oficial de integración y protección, pero el significado real cambia según la época.
Borrado de identidad y apellidos: Bajo el franquismo, especialmente para hijos de presas políticas o familias “rojas”, la adopción implicaba pérdida total de filiación y de historia familiar.
Alienación e ideología: Los niños eran reprogramados en familias afines al régimen, con un efecto eugenésico y, en términos de genocidio cultural o ideológico, de supresión parcial de la identidad de un grupo político.
3. Conclusión histórica
La adopción en España no es un fenómeno monolítico: cambia según el momento político, la legislación vigente y los intereses del poder.
Bajo el franquismo, la adopción plena se utilizó como herramienta de control social y eugenesia ideológica, especialmente contra hijos de mujeres del bando perdedor.
La transición democrática y la Ley 21/1987 marcan un cambio hacia la protección del menor, pero no pueden borrar el impacto de las décadas anteriores en la identidad de los adoptados.

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